Ley Nº 20.730,
CS mantiene ampliación de funcionarios que deben someterse a la ley de lobby.
En el acta de Pleno se informa que tras el análisis anual que deben realizar las instituciones, se acordó mantener la ampliación de los sujetos pasivos dentro de la Corporación Administrativa del Poder Judicial contenida en el artículo 2o del Acta N° 11-2015.

El Pleno de la Corte Suprema decidió mantener la ampliación vigente de los sujetos pasivos dentro de la Corporación Administrativa del Poder Judicial que deben ser sometidos al Auto Acordado sobre aplicación a la ley nº20.730, que regula el lobby y las gestiones que representan intereses particulares ante autoridades y funcionarios.
En el acta de Pleno (815-2019), se informa que tras el análisis anual que deben realizar las instituciones se acordó mantener la ampliación de los sujetos pasivos dentro de la Corporación Administrativa del Poder Judicial contenida en el artículo 2o del Acta N° 11-2015 antes referida y, por consiguiente, se considerarán obligados a las disposiciones de la Ley N° 20.730, además de su Director, las siguientes personas:
a) El Subdirector de la Corporación Administrativa del Poder Judicial y los jefes de Departamento de la misma entidad;
Te puede interesar

Falta de servicio.
Juzgado Civil ordena a municipio indemnizar a víctima de accidente provocado por falta de disco pare.

En fallo unánime.
Corte de Santiago amonesta a canal de TV por no advertir a tiempo horario de protección de menores.

En fallo unánime.
Corte de Santiago ordena dar acceso a datos de cuenta corriente a delegado de mandatario.

