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Cámara de Diputados aprobó proyecto que moderniza carrera funcionaria en Gendarmería.

La propuesta, enviada ahora a trámite al Senado, aborda modificaciones concretas a la planta de oficiales y suboficiales, así como normas destinadas al incentivo al retiro, que incluye el otorgamiento de una bonificación especial.

7 de agosto de 2019

La Sala de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto que busca modernizar la carrera funcionaria en Gendarmería de Chile, por medio de la adecuación de sus plantas, grados y remuneraciones.
La iniciativa, ahora en disposición de pasar a segundo trámite al Senado, establece que, a contar de la fecha de publicación de la presente ley, se incrementará en cinco el número de cargos de teniente coronel, grado 6° de la escala única de sueldos (EUS) y en tres el número de cargos de mayor (grado 8° de la EUS) de la planta de Oficiales Penitenciarios. 
A partir del 1° de enero de 2022, el incremento se repetirá en la misma cantidad, para los mismos cargos; en tanto que, al 1° de enero de 2023, el alza será de ocho nuevos cargos de teniente coronel y de dos de mayor
Desde la publicación de la ley, se restarán en cinco el número de cargos de capitán (grado 10° de la EUS) y en tres el número de cargos de teniente primero (grado 12° de la EUS), de la planta de Oficiales Penitenciarios. La reducción se reitera en los mismos términos al 1° de enero de 2022; mientras que, al 1° de enero de 2023, la disminución será de cuatro, para el primer caso, y de seis, para el segundo.
En cuanto a la Planta de Suboficiales y Gendarmes, el reordenamiento pasa por incrementar en 23 el número de cargos de sargento primero (grado 12° de la EUS) y en 34 el de sargento segundo (grado 14° de la EUS). Desde el 1° de enero de 2022 ambos cargos se ven aumentados por la misma cantidad; en tanto que, al 1° de enero de 2023, el alza es de 31 cargos, para el primer caso, y de 63, para el segundo.
En contraposición, se suprimen 57 cargos de gendarme primero (grado 22° de la EUS) al momento de publicación de la ley y otros 57 al 1° de enero de 2022. Luego, al 1° de enero de 2023, se eliminan 94 cargos en este rango.
Luego, se define que, a partir del 1° de enero de 2023, los funcionarios titulares de cargos de la Planta de Suboficiales y Gendarmes que se encuentren ocupando un cargo entre los grados 22° y 10° de la EUS y que hayan cumplido seis años de permanencia en el respectivo grado, recibirán las remuneraciones correspondientes al grado inmediatamente superior, en caso de no existir vacantes disponibles para materializar los ascensos correspondientes y siempre que cumplan todos los requisitos para el ascenso a dicho grado.
Lo anterior será asimismo aplicable a los funcionarios titulares de cargos de la Planta de Oficiales Penitenciarios que se encuentren ocupando un cargo entre los grados 12° y 6° de la EUS.
Sin perjuicio de las exigencias dispuestas, de existir vacantes disponibles para materializar los ascensos, los funcionarios del grado inmediatamente inferior podrán ascender sin haber cumplido el requisito de tiempo mínimo de permanencia en su grado vigente, en tanto lleven al menos un año en él. El texto especifica otros casos en que será aplicable también la disposición y en aquellos en que no.

Incentivo al retiro

En un segundo punto, el proyecto establece un conjunto de normas relacionadas al incentivo al retiro. En este marco, se determina que el ministro de Justicia, a proposición del director nacional de Gendarmería y con anterioridad a la primera reunión de las Juntas Calificadoras, determinará anualmente el número de funcionarios de la Planta I de Oficiales Penitenciarios y de la Planta II de Suboficiales y Gendarmes, que deben acogerse a retiro.
En este contexto se determina una bonificación por retiro voluntario para los funcionarios titulares de cargos de las plantas I y II de Oficiales Penitenciarios y de Suboficiales y Gendarmes de Gendarmería de Chile que, al 31 de diciembre de 2018, hayan cumplido 20 o más años de servicio efectivos, continuos o discontinuos.
Además, se define una bonificación por retiro voluntario para los funcionarios titulares de un cargo de la planta de personal de directivos de carrera, profesionales, técnicos, administrativos y auxiliares (y para aquellos que se encuentren asimilados a ella), siempre que se encuentren adscritos al régimen previsional de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile y que, al 31 de diciembre de 2018, hayan cumplido 20 o más años de servicio, continuos o discontinuos.
El cuerpo legal establece las condiciones específicas para hacer efectivo este beneficio, así como los plazos y cupos que se podrán aplicar entre 2019 y 2022.
Además, se establece una norma que especifica qué documentos se entenderán como "secretos", por el hecho que, eventualmente, afecten la seguridad del personal de Gendarmería de Chile o la seguridad de la Nación.
Por último, se dispone una autorización para el Presidente de la República para que, dentro del plazo de seis meses, contado desde la fecha de publicación de esta ley, establezca mediante uno o más decretos con fuerza de ley destinados a fijar las plantas del personal de directivos, profesionales, técnicos, administrativos y auxiliares de Gendarmería de Chile.

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis

 

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