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Con voto en contra.

CS revocó sentencia y acogió protección contra Tesorería General de la República por haber dispuesto la no renovación de la «contrata» de funcionario para el año 2019.

La recurrente estimó vulnerada su garantía constitucional de igualdad ante la ley y su derecho de propiedad.

13 de agosto de 2019

La Corte Suprema revocó sentencia y acogió protección contra la Tesorería General de la República, por haber dispuesto la no renovación de su contrata para el año 2019.

En relación con los hechos, consta que la Tesorería General de la República dictó el 30 de noviembre de 2018 la Resolución Exenta N° 1008, en la cual dispuso la no renovación de la contrata del recurrente para el año 2019, quien detentaba el cargo a contrata por más de 18 años.

La recurrente estimó vulnerada su garantía constitucional de igualdad ante la ley y su derecho de propiedad.

El máximo Tribunal indicó en su sentencia que, reiteradamente, esta Corte ha expresado que el recurso de protección de garantías constitucionales, establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes consagrados en la Carta Fundamental, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o perturbe ese ejercicio.

En ese sentido, el fallo agrega que la circunstancia de haber permanecido el recurrente en el cargo a contrata por más de 18 años, generó a su respecto la confianza legítima de mantenerse vinculado con la Administración, de modo tal que su relación estatutaria sólo puede terminar por sumario administrativo derivado de una falta que motive su destitución o por una calificación anual que así lo permita, supuestos fácticos que no concurren en la especie. Por ello, la decisión de no renovar la contrata del actor, ha devenido en una vulneración de las garantías constitucionales por ella invocadas.

En virtud de dichas consideraciones, se revocó la sentencia apelada, acogiendo así el recurso intentado.

El fallo fue acordado con el voto en contra del Abogado Integrante Pallavicini, quien fue del parecer de confirmar la sentencia apelada que rechazó el recurso de protección, teniendo para ello presente sus propios fundamentos.

 

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 8298-2019 y de la Corte de Santiago Rol N° 91039-2019.

 

 

 

 

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