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En fallo unánime.

Corte Suprema confirma fallo que acogió demanda por incumplimiento de seguro de vehículo robado

El máximo Tribunal rechazó el recurso de casación en el fondo deducida en contra de la Corte de Apelaciones de Concepción.

14 de agosto de 2019

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia que acogió la demanda deducida en contra de la empresa Mapfre Seguros Generales por incumplimiento de la cobertura de un seguro de un jeep robado en la ciudad de Concepción.

La sentencia sostiene que la sentencia de alzada acogió la demanda estableciendo como hechos de la causa -en síntesis- la celebración del contrato de seguro sobre el vehículo objeto del juicio y la ocurrencia del siniestro.

La resolución agrega que sentado lo anterior, en el motivo undécimo los juzgadores reflexionan que ‘con la finalidad de acreditar el monto o valor comercial del vehículo asegurado a la fecha de acaecimiento del siniestro, la parte demandante acompañó en esta instancia un documento de tasación fiscal para el año 2018, para el vehículo marca Jeep, modelo Cherokee Overland de propiedad de la actora, extraído de la página web www.sii.cl, documento respecto del cual se realizó el 21 de noviembre de 2018 la diligencia de percepción documental con la presencia de los apoderados de ambas partes, procediendo la demandante a la exhibición del referido instrumento en forma electrónica, accediendo para ello a la página del S.I.I., link ‘Tasación de Vehículos Livianos’, y que debidamente cotejado se tuvo por suficientemente percibido por el tribunal y las partes. El documento objeto de la diligencia de ‘percepción documental’ titulado: RESULTADO CONSULTA TASACIÓN VEHÍCULOS LIVIANOS, se contienen los siguientes antecedentes: ‘Código: 255082; Año: 2016; Tipo: Todo Terreno; Marca: Jeep; Modelo: Grand Cherokee Overland 5.7; Ptas: 5; Cil: 5700; Comb.:Bencinero; Trans.: Aut; Equipo: Full; Tasación: $27.080.000; Valor Permiso: $922.380. De esta forma, y ante la falta de otra prueba aportada por quien exige el perjuicio, el Tribunal accederá a resarcir el daño demandado en el monto indicado por concepto de tasación fiscal ($27.080.000), con deducción de 10 UF, según lo pactado en el respectivo contrato, y de lo cual da cuenta la respectiva póliza de seguros N°801-15-00087664.

Por último, concluye que en conformidad con lo reseñado precedentemente se observa que el fallo cuestionado ha efectuado una correcta aplicación de la normativa atinente al caso que se trata. En efecto, constatada que fue la procedencia de la cobertura del seguro, y a falta de otras probanzas, razonan acertadamente los juzgadores al tomar como referencia la tasación contenida en el permiso de circulación, pues sabido es que el avalúo fiscal es inferior al comercial. Consecuencialmente, dicho instrumento sí resulta suficiente para efectos de determinar el valor del vehículo, sin que se advierta la infracción de ley que se denuncia.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la  Corte Suprema Rol N° 4688-2019Corte de Apelaciones de Concepción Rol N°1731-2018

 

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