En fallo unánime.
Corte de Santiago confirma fallo que rechazó demanda contra Municipalidad de Tierra Amarilla.
El Tribunal de alzada rechazó el recurso de casación en la forma presentado en contra de la sentencia, dictada por el Undécimo Juzgado Civil de Santiago, pero con declaración que la nulidad del convenio de pago suscrito entre las partes es de nulidad absoluta.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que rechazó la demanda presentada por la Central de Abastecimiento de Servicios de Salud (Cenabast), en contra de la Municipalidad de Tierra Amarilla.
La sentencia sostiene que la nulidad absoluta del Convenio que funda la demanda, y sus consecuencias legales, fue materia de la discusión, toda vez que la existencia del requisito prescrito por la ley para el valor del acto, esto es la aprobación del Concejo Municipal quedó incluido en el auto de prueba, permitiendo a las partes rendir prueba y ejercer los derechos que la ley les otorga.
Agrega que no obsta a la decisión lo dispuesto por el artículo 1683, en orden a la imposibilidad de la parte demandada de alegar el vicio, por tratarse de la omisión de un requisito o formalidad prescrito por la ley para el valor del acto o contrato que aparece de manifiesto en él.
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