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Caso polaco.

Escriben: «Expansión del Derecho Agrario».

El aumento de la intensidad de la investigación serviría para hacer frente a este desafío y, al mismo tiempo, fortalecería la posición de la ciencia jurídica agraria en relación con otras ciencias jurídicas específicas.

1 de septiembre de 2019

Recientemente, el autor polaco Roman Budzinowski publicó un análisis en torno a la expansión que vive el Derecho Agrario en nuestros tiempos.
En el documento, argumentó que la literatura distingue varias tendencias en el desarrollo de este derecho, incluyendo la dinámica, la expansión, la difusión y la institucionalización. Estas tendencias corresponden a las líneas contemporáneas del desarrollo del mismo, cada una de ellas define un aspecto ligeramente diferente de la legislación agraria, y todas ellas juntas expresan la imagen actual del Derecho agrario “en movimiento”.
Sostiene el trabajo que, a la hora de presentar la extensión del objeto de las regulaciones legales y agrícolas, hay que prestar atención al estado de la agricultura, el grado de desarrollo de la misma, los vínculos con otras áreas de la economía, etc. No se puede omitir la cuestión de la intervención pública en la agricultura y los elementos que influyen en el desarrollo de su objeto y ámbito de aplicación. Ellos determinan la inclusión de características específicas de este sector de la economía en el ámbito de la normativa legal. Sin embargo, estas últimas pueden referirse a diversos enfoques o aspectos de la agricultura con la reserva de que, a pesar de este enfoque, el objeto de influencia es este sector de la economía en su conjunto.
Luego de realizar una reseña histórica sobre la evolución de este derecho, se refiere al objeto actual de esta materia. Señalando que una discusión más profunda del objeto actual del Derecho agrario como resultado de su expansión, requiere una salida de la última etapa mencionada de la evolución de este derecho, es decir, el mercado agrícola y la comercialización de la agricultura (por lo tanto, también se discute la comercialización del Derecho agrario). Al contrario de lo que parece, no se cierra exclusivamente en el marco del problema inherente a la regulación del mercado agrícola (incluida la intervención en el mercado agrícola). Incluso en el marco del sistema de economía de mercado, esta intervención puede estar más o menos desarrollada y referirse a diversos aspectos de la realidad agrícola (por ejemplo, estructuras agrícolas, cambios demográficos en la agricultura o infraestructuras agrícolas).
Así, se concluye señalando que, al resumir las presentes consideraciones cabe señalar las consecuencias de la expansión del Derecho agrario en la selección de los temas de investigación. Es obvio que la expansión no puede limitarse a los problemas tradicionales de este derecho, aunque también en este campo hay algunas novedades que requieren elaboración científica. El esfuerzo de investigación debe tener en cuenta tanto los aspectos dogmáticos como teóricos de la normativa legal nacional, comunitaria e internacional. Dado que el desarrollo de la agricultura está relacionado con el desarrollo de otros sectores de la economía, la investigación debe centrarse no sólo en demostrar el carácter distintivo del Derecho agrario, sino también en establecer vínculos con otros ámbitos del derecho. La expansión del Derecho agrario plantea también la necesidad de investigación jurídica comparada y el desarrollo de la cooperación internacional. Los agraristas de todos los países se enfrentan a los mismos retos ante el proceso de globalización, incluida la globalización de aspectos jurídicos, es decir, cómo asegurar la alimentación de un número cada vez mayor de población en condiciones de recursos limitados. El aumento de la intensidad de la investigación serviría para hacer frente a este desafío y, al mismo tiempo, fortalecería la posición de la ciencia jurídica agraria en relación con otras ciencias jurídicas específicas.

 

Vea texto íntegro de la publicación.

 

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