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Integridad física y vida.

Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena rechazó tutela deducida por trabajadora del retail que sufrió accidente maniobrando un apilador eléctrico y luego fue despedida.

En subsidio se demandó por despido injustificado, pretensión que fue acogida por el tribunal.

5 de septiembre de 2019

El Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena rechazó la denuncia de tutela por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido deducida por una vendedora y reponedora contra Easy Retail S.A., la cual sufrió un accidente laboral, mientras maniobraba un apilador eléctrico, y posteriormente fue despedida.

En su demanda, la actora expuso que entiende vulnerados el derecho a la vida y a la integridad física, al no mantenerse por la empleadora equipamiento de seguridad para los trabajadores en cantidad suficiente, lo que estima ha significado una exposición culposa, casi dolosa, a riesgos, alegando que se trata de una conducta reiterada. Posteriormente trata de la vulneración de la garantía de indemnidad, de la que se desistió en la audiencia preparatoria. De este modo, refirió en su libelo que se han vulnerado dos garantías, la primera de ellas (derecho a la vida e integridad) durante la relación laboral, que se materializó hasta el día mismo del despido, con especial énfasis en el día del accidente, y luego acusó actos de represalias.

En su sentencia, el Tribunal indicó que si bien la denunciante no explica de qué manera se produce tal vulneración, más allá de denunciar un posible incumplimiento al deber de seguridad que le asiste a la denunciada como empleador, la prueba que aporta no da cuenta de indicios suficientes de los hechos que alega, y por el contrario, de acuerdo a los antecedentes invocados como fundamento del despido de la actora, resulta completamente contradictorio y no se observa de qué forma el despido del que fue objeto pudo vulnerar su derecho a la integridad, de manera que la acción de tutela es desestimada.

La sentencia fue recurrida de nulidad.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia Rol N°T-187-2018.

 

 

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