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En fallo unánime.

Corte Suprema rechaza demanda por destitución de funcionario público

El máximo Tribunal rechazó el recurso de casación en el fondo deducido por el demandante, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, al no acreditar la existencia de un hecho generador de la responsabilidad civil extracontractual.

11 de septiembre de 2019

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia que rechazó la demanda presentada en contra del Fisco por ex funcionario público en contra de la resolución que lo destituyó del cargo.

La sentencia sostiene que resulta pertinente recordar que, según lo dispone el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de casación en el fondo procede en contra de sentencias que se hayan pronunciado con infracción de ley y siempre que dicha infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo del fallo. Por su parte, para que un error de derecho pueda influir de manera substancial en lo dispositivo del fallo, como lo exige la ley, aquél debe consistir en una equivocada aplicación, interpretación o falta de aplicación de aquellas normas destinadas a decidir la cuestión controvertida, situación que no ocurre en este caso, desde que no se denuncian como infringidas disposiciones legales de orden sustantivo relacionadas con el fondo de la cuestión litigiosa e incluso nada refiere sobre la declaración de prescripción de la acción intentada.

La resolución agrega que en efecto, el recurrente pretende se invalide la sentencia impugnada, alegando la infracción a los artículos 1.699 y 1.700 del Código Civil en relación con el artículo 4º de la Ley N° 18.575. No obstante, de la lectura de sus alegaciones se desprende que sólo discurre sobre la base que probó los elementos que configuran la responsabilidad en que fundó la demanda y, en especial, en el hecho generador de ésta, lo cual evidencia, además, que se dirige contra los supuestos fácticos establecidos por los sentenciadores, sin que se constante infracción a las normas reguladoras de la prueba, puesto que, se limitó transcribir los artículos 1.699 y 1.700 del Código Civil, no explicitando cómo se vulneraron; para luego, expresar ‘que no tuvo las herramientas suficientes para acreditar su inocencia en el sumario administrativo’, hecho que como quedó establecido precedentemente, no es efectivo y, por el contrario, los sentenciadores estimaron, conforme a la prueba que se analiza, que dicho procedimiento se ajustó al debido proceso.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol 17515-2019 y de la Corte de Apelaciones Rol 2510 – 2018

 

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