Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Municipalidad de Estación Central por sumario administrativo contra recurrente.
La recurrente estimó infringidos el derecho a la vida y la integridad física y psíquica, la igualdad ante la ley y al debido proceso.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago, que rechazó la acción de protección deducida contra de la Municipalidad de Estación Central, por prácticas reñidas con el debido proceso respecto de un sumario contra la recurrente, por su desempeño como Directora de una Escuela.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de Municipalidad de Estación Central, por una serie de prácticas reñidas con el debido proceso, respecto de una investigación sumaria por supuestas irregularidades que determinarían eventuales responsabilidades administrativas en contra de la recurrente con ocasión de su desempeño como Directora de la Escuela Arturo Alessandri Palma D-20, dependiente del Municipio de Estación Central.
La recurrente estimó infringido las garantías del artículo 19 numerales 1, 2 y 3 inciso quinto.
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