Diario Constitucional

En forma unánime.

CS revocó sentencia que declaró inadmisible protección respecto de Presidente de la República por modificación de Decreto Supremo.

Se estimó que aparece de manifiesto que en el libelo interpuesto en autos se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República.

Por Redacción·23 de septiembre de 2019·1 min de lectura
CS revocó sentencia que declaró inadmisible protección respecto de Presidente de la República por modificación de Decreto Supremo.
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia que declaró inadmisible protección contra el Presidente de la República, el Ministro de Vivienda y Urbanismo y la Ministro de Transporte y Telecomunicaciones, por la modificación del Decreto Supremo N° 47 de 1992, pues establece como beneficios urbanísticos condiciones que no lo son.

Los recurrentes estimaron vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 de la Constitución numerales 1, 2, 23 y 24.

Cabe recordar que en su sentencia, la Corte de Valparaíso indicó en su oportunidad que, los hechos expuestos por el recurrente no importan un acto u omisión ilegal y/o arbitraria que pueda afectar algunas de las garantías que se reclaman afectadas y que justifique el ejercicio de esta vía cautelar excepcional; y teniendo presente además que la pretensión de la actora excede el objeto y naturaleza del recurso incoado en autos, no siendo ésta la vía idónea para tales efectos, y visto lo dispuesto en el numeral 2° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declaró inadmisible el recurso de protección.

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