Guía legal.
Sobre excesos y excedentes en el sistema isapres.
Cada afiliado podrá siempre optar por el prestador con el cual hará uso de sus excedentes, sin que la Institución de Salud Previsional pueda limitar o restringir esa decisión.

En una reciente publicación de la Biblioteca del Congreso Nacional se explica qué hacer con los dineros que se generan por una cotización de salud previsional mayor a la que corresponde a cada persona.
La BCN define el excedente en salud es una diferencia a favor del afiliado, cuando la cotización legal obligatoria del 7% supera el precio del plan de salud contratado en una Isapre. Por ejemplo, si su 7% corresponde a 4 UF y usted normalmente cotiza un plan de 3,8 UF, se genera un excedente de 0,2 UF.
Los excedentes van a una cuenta corriente individual que la Isapre abre a favor del afiliado.
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