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En fallo dividido.

CS confirma sentencia que condena a Hospital Regional Antofagasta por falta de servicio.

El máximo Tribunal confirmó la sentencia que estableció falta de servicio del centro asistencial.

Por Redacción·26 de septiembre de 2019·4 min de lectura
CS confirma sentencia que condena a Hospital Regional Antofagasta por falta de servicio.
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En fallo dividido, la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó al Hospital Regional de Antofagasta a pagar una indemnización por el mal tratamiento de un paciente que murió tras una intervención quirúrgica de tratamiento de colon.

La sentencia sostiene que el fallo de primer grado que confirmó e hizo suyo la sentencia impugnada, concluyó teniendo presente el curso de los hechos, las condiciones y el diagnóstico del paciente, lo declarado por los testigos de la demandada, lo referido en el informe que en documento privado ratificó el testigo don Hernán Lechuga Farías, y lo dispuesto en el artículo 426 del Código de Procedimiento Civil en relación con el artículo 1712 del Código Civil, que en lo que refiere a la cirugía de resección anterior baja del recto por vía laparoscópica, realizada en el Hospital demandado, no se actuó con el estándar de diligencia y cuidado debido, atendida la edad del paciente, su estado general y la gravedad del diagnóstico que requería extremar las medidas, y que evidentemente la técnica aplica no fue la correcta, en términos que era altamente probable que la dehiscencia de las suturas, que en el caso fue total, era probable, factible y posible que ocurriese, lo que obligaba a optar por la técnica de Hartmann, que consiste en el procedimiento quirúrgico de la resección del recto o sigma, dejando el recto (su remanente cerrado) ciego y sin tránsito digestivo efectuando la colostomía terminal en la fosa ilíaca izquierda para la defecación del paciente, lo que no ocurrió y que hubiese permitido advertir precisamente lo que se evidenció cinco días después de la cirugía y que obligó a una nueva intervención, producto de la pelviperitonitis, con las complicaciones a nivel renal y respiratorio que llevaron al fallecimiento del paciente.

Agrega que prosigue el fallo indicando que el Hospital demandado incurrió en negligencia médica, al no extremar las medidas de cuidado en la cirugía, y sus complicaciones aparecen detectadas muy posteriormente, lo que no permitió manejar aquellas y sus graves efectos adversos en forma óptima y precoz, con infracción a las reglas del arte médico, lo que derivó en que el paciente complicara su estado en forma grave y tuviese que ser nuevamente intervenido, complicación que trajo consigo el fallecimiento el 10 de octubre de 2014.

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