En fallo dividido.
Corte Suprema acoge demanda por despido de funcionario público contratado a honorarios
El máximo Tribunal acogió el recurso contra el fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco.

En fallo dividido, la Corte Suprema acogió parcialmente un recurso de unificación de jurisprudencia y confirmó la sentencia que acogió una demanda por despido injustificado de un funcionario de la Corporación Nacional de Derecho Indígena (Conadi) contratado a honorarios.
La sentencia sostiene que tratándose, en su origen, de contratos a honorarios celebrados por órganos de la Administración del Estado –entendida en los términos del artículo 1° de la ley 18.575–, a juicio de esta Corte, concurre un elemento que autoriza a diferenciar la aplicación de la referida institución, cual es que fueron suscritos al amparo de un estatuto legal determinado que, en principio, les otorgaba una presunción de legalidad, lo que permite entender que no se encuentran típicamente en la hipótesis para la que se previó la figura de la nulidad del despido.
Agrega que en otra línea argumentativa, la aplicación – en estos casos– de la institución contenida en el artículo 162 del Código del Trabajo, se desnaturaliza, por cuanto los órganos del Estado no cuentan con la capacidad de convalidar libremente el despido en la oportunidad que estimen del caso, desde que, para ello, requieren, por regla general, de un pronunciamiento judicial condenatorio firme, lo que grava en forma desigual al ente público, convirtiéndose en una alternativa indemnizatoria adicional para el trabajador, que incluso puede llegar a sustituir las indemnizaciones propias del despido.
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