La Cámara de Diputados aprobó, por 121 votos a favor, siete en contra y siete abstenciones, y remitió a segundo trámite al Senado, el proyecto de ley, iniciado en moción, que agrega un inciso final a la ley sobre monumentos nacionales para disponer que el propietario de un monumento histórico gozará del beneficio de excusión.
El citado beneficio -definido en el artículo 148 del Código Civil-, en términos simples, consiste en la facultad de exigir que, antes de proceder contra bienes familiares, se persiga el crédito con otros bienes del deudor.
En ese contexto, el proyecto propone, a partir de la importancia de los monumentos nacionales, posibilitar al deudor que pague con otros bienes sus obligaciones y, en consecuencia, dejar, si tales bienes no satisfacen la deuda, solventarla con el bien patrimonial como último argumento.
La moción, según sus autores, busca evitar que los inmuebles patrimoniales tengan el triste destino de ser embargados y rematados al mejor postor para pagar las deudas de su propietario.
Esta iniciativa fue presentada en abril de 2014 por los diputados Kort, Gahona, Hernández, Hoffmann, Lavín, Macaya, Molina, Nogueira, Sandoval y Turres.
Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis
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