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Sala de la Cámara de Diputados rechazó reforma constitucional en materia de garantías y derechos del niño.

Para su aprobación, la propuesta requería de los votos de 103 legisladores. Con lo anterior, la iniciativa concluyó su trámite en el Congreso Nacional.

10 de octubre de 2019

La Sala de la Cámara de Diputados rechazó el proyecto de reforma constitucional, iniciado en moción, en materia de garantías y derechos del niño boletines 8167 y 11700, propuesta que finalmente no logró el quórum necesario para su aprobación.
La propuesta, discutida en al menos tres sesiones, fue respaldada por la oposición, que estimaba necesario consagrar en la Carta Fundamental una mención al tema, pero el oficialismo se pronunció en contra, lo que impidió alcanzar el voto favorable de las dos terceras partes de los diputados en ejercicio (103 diputados).
Entre sus fundamentos, la derecha criticó que la propuesta vulnera el derecho de los padres de criar a sus hijos como estimen pertinente. En dicho plano se refutó la eventual intromisión del Estado y la influencia que podrían ejercer tratados internacionales en la materia. Asimismo, se rechazó la inclusión de conceptos como el resguardo de la autonomía progresiva de los menores y extender el concepto de familia, más allá de la visión tradicional que se tiene de ella.
Conforme al texto que había planteado la Comisión de Constitución, el proyecto agregaba al capítulo primero de la Carta Fundamental que "también es deber del Estado velar especialmente por la protección de niños, niñas y adolescentes, reconociéndolos como sujetos de derecho, resguardando su interés superior y autonomía progresiva”.
Enseguida, en el artículo 19 bis se agregó que la "Constitución asegura a todos los niños, niñas y adolescentes el ejercicio y goce de sus derechos, particularmente los reconocidos por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes".
También, se establecía que el "Estado fomentará la concurrencia de las familias y la sociedad en la promoción, respeto y protección de los derechos de la infancia y la adolescencia" y que una ley establecerá un sistema de protección integral de los derechos de la niñez.
Finalmente, en el artículo 20 se definía que "cuando sea un niño, niña o adolescente quien sufra una perturbación, privación o amenaza de cualquiera de los derechos constitucionales resguardados por el recurso de protección, estos deberán ser interpretados resguardando su especial condición y teniendo presente lo dispuesto en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.
Con el rechazo por 65 votos a favor, 63 en contra y siete abstenciones, la iniciativa concluyó su trámite en el Congreso Nacional.

 

Vea textos íntegros de las mociones, discusión y análisis 8167 y 11700.

 

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