En forma unánime.
CS confirmó sentencia que acogió protección contra Ministerio de las Culturas las Artes y el Patrimonio por invalidar licitación adjudicada a corporación recurrente.
La Corte de Valparaíso estimó que el actuar de la recurrida lesionó el trato igualitario que la Constitución Política de la República reconoce a todas las personas y, al mismo tiempo, haber resuelto sin sujeción al debido proceso.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Valparaíso, que declaró acogió la acción de protección deducida por la Corporación de Educación, Arte y Cultura CEAC contra del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, por invalidar un proceso de licitación que había sido adjudicado a la recurrente
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio por la dictación de la Resolución Exenta N° 621 de fecha 2 de abril de 2019 y los actos posteriores a ésta, mediante los cuales dispuso la invalidación de la Resolución Exenta N° 462 de fecha 15 de marzo de 2019, que adjudicó a la recurrida, la licitación pública para la contratación del servicio de gestión de 53 proyectos artísticos en establecimientos educativos de la Región de Valparaíso.
La recurrente estimó vulnerado los numerales 2, 3 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República.
Te puede interesar

En fallo unánime.
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducida contra Dirección General de Carabineros de Chile por aplicar multas a empresa que se adjudicó licitación pública.

En fallo dividido.
Corte de Santiago ordena a municipalidad pagar indemnización a empresa excluida de licitación.

CDE.
CGR determina que la evaluación de las ofertas presentadas en una licitación pública debe efectuarse con estricto apego a las respectivas bases.

