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Moción.

Carabineros y PDI entregaron observaciones a proyecto sobre extraviados.

La Brigada de Ubicación de Personas Metropolitana (Briup) y Carabineros destacaron la importancia del proyecto, no obstante entregaron sugerencias con miras a fortalecer la iniciativa.

21 de octubre de 2019

La Comisión de Seguridad Ciudadana avanza en el debate del proyecto sobre extravío de personas y la realización de las primeras diligencias orientadas a su búsqueda, iniciativa que propone crear un sistema único al que tengan acceso las policías, el Ministerio Público, el Registro Civil y el Servicio Médico Legal.
El objetivo de dicha idea es que se puedan cotejar las coincidencias entre las presuntas desgracias y los hallazgos de cadáveres o restos humanos que se pericia, facilitando con ello las búsquedas.
Desde Carabineros valoraron el texto legal e indicaron que se considera necesario una base de datos única en materia de presunta desgracia, que concentre la información asociada a personas, por atención, fiscalización, detención, conducción, reclusión, registro, control, compra venta, accesos, etc.
Dichas acciones se encuentran hoy concentradas en instituciones como Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, Servicio de Registro Civil e Identificación, Ministerio Público, Gendarmería, Servicio Médico Legal, Sename, Ministerio de Salud, fuerzas armadas, entidades financieras y todas aquellas, públicas o privadas, relacionadas al registro de personas. El objetivo de la base única permitiría a estos organismos dedicados a la búsqueda de personas acceder a ella para obtener la información necesaria para el desarrollo del proceso.
Carabineros estimó que se requiere incorporar dentro del proyecto facultades inmediatas para las policías, a través de una orden judicial destinada a dar con la ubicación o el rastro de una persona, las que se traducen en diligencias tales como: obtención del tráfico de llamadas y todos los datos complementarios necesarios para la ubicación de un dispositivo móvil propiedad de la víctima; movimientos bancarios realizados por la víctima; levantamiento de ficha médica; y respaldo y levantamiento de cámaras que posicionen el desplazamiento de la persona.
Subrayaron también la necesidad de que todas las fiscalías a nivel nacional cuenten con un fiscal preferente en materia de personas extraviadas o denunciadas por presunta desgracia.

PDI

Desde la Brigada de Ubicación de Personas Metropolitana (Briup) de la PDI, señalaron que el extravío o pérdida de una persona es una condición que podría ser voluntaria. El término “presunta desgracia”, engloba ambos conceptos y busca definir si las circunstancias que generan la pérdida de contacto entre el denunciante y la presunta víctima, se encuentran relacionadas con un hecho que revista características de delito o afecten su integridad física o psíquica
Manifestaron que las policías cuentan con manuales de procedimientos de presuntas desgracias e indicaron que es necesario generar un marco legal para que dichos instrumentos se apliquen de forma efectiva y se mantengan en una continua revisión por parte de las diversas instituciones, con la finalidad de dar una rápida respuesta ante la desaparición de una persona.
Puntualizaron que una base de datos única es imprescindible, sin embargo, consideraron que debe permitir requerir diligencias de investigación y no solo ingreso de información.
Agregan que el riesgo será definido por las circunstancias de la pérdida de contacto entre denunciante y víctima, siempre relacionado al inminente daño físico y/o psíquico de la persona requerida.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis

 

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