En fallo unánime.
CS confirma sentencia que acoge demanda de cobro de beca de CONICYT.
El máximo Tribunal rechazó el recurso de casación en contra de la sentencia que acogió la demanda.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia que acogió una demanda de cobro de un becario de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnología (Conicyt) que no cumplió con el requisito de excelencia del programa.
La sentencia sostiene que la transgresión que el recurrente estima se ha cometido por los jueces del fondo persigue desvirtuar -mediante el establecimiento de nuevos hechos- el supuesto fáctico fundamental asentado por aquéllos, esto es, que la demandada no mantuvo un desempeño de excelencia en el desarrollo de los cursos de doctorado para el que la demandante, CONICYT, le otorgó la beca.
Agrega que dicho lo anterior, resulta pertinente recordar que solamente los jueces del fondo se encuentran facultados para fijar los hechos de la causa y que efectuada correctamente dicha labor, al determinar éstos con sujeción al mérito de los antecedentes, probanzas aportadas por las partes, interpretación y aplicación de las normas atinentes al caso en estudio, resultan inamovibles para este tribunal, conforme a lo previsto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, no siendo posible su revisión por la vía de la nulidad, circunstancia que conlleva a concluir que el recurso en estudio adolece de manifiesta falta de fundamento, por lo que no puede prosperar.
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