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Operación de cesión de cartera de contratos de seguros.

Corte Suprema se pronuncia sobre aplicación de control de convencionalidad en decisión de Comisión para el Mercado Financiero

El máximo Tribunal, por opinión mayoritaria de los ministros Muñoz y Aránguiz y el abogado integrante Pierry, consideraron como fundamentos de la decisión de mantener lo resuelto por la Corte de Apelaciones.

23 de octubre de 2019

La Corte Suprema confirmó la decisión que rechazó un reclamo de ilegalidad presentado en contra de la decisión de la Comisión de Mercado Financiero (CMF) que se pronució sobre la operación de cesión de cartera de contratos de seguros de  Euroamérica Seguros de Vida S.A a Chilena Consolida Seguros de Vida S.A.

El máximo Tribunal, por opinión mayoritaria de los ministros Muñoz y Aránguiz y el abogado integrante Pierry, consideraron como fundamentos de la decisión de mantener lo resuelto por la Corte de Apelaciones que:

1.- El reclamo de ilegalidad consagrado en el artículo 70 del DL N° 3538 tiene por objeto que esta Corte revise si el actuar de la autoridad administrativa se ajusta o no a lo dispuesto por el legislador al efecto y, en este sentido, solamente constatada una ilegalidad, es posible la adopción de medidas desinadas a ponerle fin.

2.- En la reclamación interpuesta no se exige que el actuar de la reclamada se declare ilegal, sino que se ordene a la autoridad administrativa que proceda a realizar una actuación, consistente en comparar o cotejar la señalada cesión de cartera entre dos empresas con normas que, a lo menos en el libelo, resultan indeterminadas.

3.- La actora solicitó que se ordenara a la CMF realizar el control difuso de convencionalidad de la operación antes mencionada y que si bien, todo juez está llamado a efectuar un control de respeto y vigencia de las garantía fundamentales, velando por el respeto y efectiva vigencia del reconocimiento de los derechos humanos como estándar mínimo, siendo ésta una obligación consustancial al ejercicio de la jurisdicción, cuya consecuencia inmediata es el deber de observar los derechos previstos en la Carta Fundamental y en los tratado internacionales, dando directa aplicación a sus disposiciones, resulta indispensable que en un reclamo como el que es objeto de éstos antecedentes, se indiquen específicamente cuáles serían las disposiciones precisas infringidas a través del actuar de la autoridad administrativa, en tanto el control de convencionalidad, requiere una confrontación directa entre la norma internacional respectiva y el acto administrativo interno cuya ilegalidad se pretende.

Tal presupuesto no se cumple en el escrito que contiene el reclamo de autos, como tampoco se cumplió en estrados, en tanto no se expresó de manera clara y precisa en qué consiste la antinomia denuncia y los preceptos que la constituyen.

Las ministras Sandoval y Vivanco, estuvieron también por rechazar el reclamo, teniendo en consideración al efecto, los fundamentos del fallo en alzada. (Corte Apelaciones de Santiago,  Ilegalidad IC N° 496-2018)

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol 11533-2019 y de la Corte de Apelaciones Rol 496 – 2018

 

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