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En fallo unánime.

CS confirmó sentencia que rechazó amparo contra Alcaide del Complejo Penitenciario de Rancagua y Juzgado de Garantía de Rancagua por sanción disciplinaria impuesta a condenado en recinto penitenciario.

La Corte de Rancagua determinó que la decisión de Gendarmería de Chile no resultó arbitraria ni ilegal, como tampoco lo resuelto por el Tribunal de Garantía.

9 de noviembre de 2019

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia que rechazó el amparo deducido a favor de un reo que cumple su condena en el Complejo Penitenciario de Rancagua, en contra del Alcaide del mismo recinto penitenciario y de resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Rancagua; por sanción dictada por el primero, en contra del amparado.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de amparo contra de en contra del acto administrativo, emitido y suscrito por el Alcaide del Complejo Penitenciario de Rancagua; mediante la cual se resolvió sancionar al amparado por la supuesta comisión de una falta disciplinaria al régimen interno, por un hecho acaecido el día 10 de junio de 2019 y, en contra de la resolución dictada en audiencia de fecha 3 de septiembre de 2019, en causa RIT 3404-2005, RUC N° 0500311645-1, por el Juzgado de Garantía de Rancagua, mediante la cual se rechazó la solicitud de impugnación de la sanción antes referida.
El amparado estimó vulnerado su derecho a la libertad personal.
Cabe recordar que, en su sentencia, la Corte de Apelaciones de Rancagua indicó en síntesis que, a la fecha el amparado no acreditó ni ofreció probar que no participó en los hechos que se le imputan, por cuanto su sola negativa no basta para ello y que, así las cosas, la decisión de Gendarmería de Chile no resultó arbitraria ni ilegal, como tampoco lo resuelto por el Tribunal de Garantía, que confirmó la misma, evidenciándose que ambos recurridos actuaron dentro de sus debidas competencias y en la esfera de sus atribuciones, por lo que no se advirtió afectación a la libertad personal o garantía individual del amparado, que pudo hacer procedente la intervención de la Corte a través de la presente acción cautelar, por lo que al carecer el arbitrio de los presupuestos necesarios para ser acogido, se rechazó el recurso de protección.
Por su parte, la Corte Suprema confirmó el fallo.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol N° 29452-19 y de la Corte de Apelaciones de Rancagua Rol N° 140-2019.

 

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