Segunda Sala.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que establece improcedencia del recurso de casación en procedimientos ante Juzgados de Policía Local.
Las gestiones pendientes inciden en autos sobre autos infraccionales, de que conoce la Corte Suprema, por recurso de casación en el fondo.

El Tribunal Constitucional admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 38 de la Ley N° 18.287.
Las gestiones pendientes inciden en autos sobre autos infraccionales, de que conoce la Corte Suprema, por recurso de casación en el fondo, en los que “Concesiones Recoleta S.A.” se ha visto privado de presentar un recurso de casación en el contexto de que la empresa concesionaria carecía de patente municipal, y, por ende, no podía ejercer una actividad económica en la comuna de Recoleta.
Al efecto, cabe recordar que el requirente estima que el precepto impugnado infringiría el debido proceso, toda vez que, en el caso concreto, esta garantía se ve afectada debido a que el artículo 38 de la Ley 18.287- esto es, la disposición cuya inaplicabilidad se requiere- sin entregar una fundamentación razonable, veda toda posibilidad a las partes de acudir al tribunal de casación para que conozca las infracciones de derecho de que pueda adolecer la sentencia definitiva, tan solo por tratarse de un procedimiento tramitado ante un Juez de Policía Local. En este sentido, agrega que esta norma carece de fundamento y no es armónica con el resto de nuestro ordenamiento, pues no hay razón alguna para privar a las personas que son parte en los procedimientos seguidos ante los Juzgados de Policía Local, de medios de impugnación como es la casación en el fondo.
Comentarios (2)
Jaime sole diaz Rol 13-2016 corte apelaciones iquique por revisar su ilegalidad además lo borraron del sistema ley del consumidor Jaime sole díaz y otra con liberty seguros eso es un abuso revocaron sentencia del primer juzgado de policia local de iquique por no tener legitimacion activo cosa se de desecho en el comparendo de pruebas acogiendo la demanda ahí se debió apelar no en contra den la sentencia difinitiva agradecere su ayuda y transparencia
jaime sole diaz Los pobres no pueden defender sus derechos
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Segunda sala.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas relativas a personal de Fábricas y Maestranzas del Ejército que vulneraría libertad de trabajo y su protección e igualdad ante la ley.

Segunda sala.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que modifica exenciones al impuesto territorial y que entregaría excesivas facultades discrecionales a órganos administrativos.

Primera sala.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que regula declaración de salud incompatible de funcionarios municipales e indemnizaciones en caso de acogerse una denuncia de tutela laboral.

