Diario Constitucional

Aprobada por el Congreso de los Diputados.

Entró en vigor en España nueva normativa que permite al Gobierno intervenir redes y comunicaciones electrónicas si se producen alteraciones del «orden público» o en caso de «amenazas para la seguridad nacional».

La principal novedad de esta normativa reside en que ahora el Ejecutivo no necesitará autorización judicial para proceder al corte de redes y comunicaciones, como necesitaba hasta ahora para, por ejemplo, cerrar páginas web en caso de que existiesen indicios de la comisión de un ilícito penal.

Por Redacción·03 de diciembre de 2019·2 min de lectura
Entró en vigor en España nueva normativa que permite al Gobierno intervenir redes y comunicaciones electrónicas si se producen alteraciones del «orden público» o en caso de «amenazas para la seguridad nacional».
Referencial

La Comisión Permanente del Congreso de los Diputados de España aprobó el Real Decreto Ley que permite al Gobierno intervenir redes y comunicaciones electrónicas si se producen alteraciones del "orden público" o en caso de "amenazas para la seguridad nacional". La norma entró en vigor el 5 de noviembre pasado, en plena campaña electoral para los comicios generales, tras ser aprobada por el Consejo de Ministros presidido por Pedro Sánchez, pero necesitaba la ratificación del Parlamento, que acaba de conseguir.

La principal novedad de esta normativa reside en que ahora el Ejecutivo no necesitará autorización judicial para proceder al corte de redes y comunicaciones, como necesitaba hasta ahora para, por ejemplo, cerrar páginas web en caso de que existiesen indicios de la comisión de un ilícito penal.

La nueva normativa le otorga pleno poder al Ejecutivo para intervenir la red a cualquier nivel cuando concurran circunstancias de alteración del "orden público" o de "amenazas para la seguridad nacional", concepto que ha sido criticado por ser muy amplio y porque prácticamente faculta al poder ejecutivo a llevar a cabo la intervención de Internet de manera discrecional.

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