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CS autorizó entrega de un listado completo de los nombres de dominio.cl

La propia Ley de Transparencia permite la exclusión de la entrega de información, ejerciendo el derecho de oposición por motivo fundado de cada particular. Por esta razón, NIC Chile se encuentra en proceso de preguntar, a través del correo electrónico del contacto administrativo del titular, si desea excluir su propio nombre de dominio en el listado que deberá entregar.

5 de diciembre de 2019

El pasado 25 de octubre la Corte Suprema autorizó la entrega de un listado completo de los nombres de dominio.cl registrados en Chile a una persona que solicitó esta información mediante un requerimiento por Ley de Transparencia. Si bien aquella persona desistió de su petición a un día de ser requeridos los usuarios, hoy hay cuatro nuevas solicitudes de los datos de dominios.cl que NIC ha notificado a cada administrador. En al menos un caso, se busca obtener una mayor cantidad de datos incluyendo el RUT, correo electrónico y teléfono de los titulares.
Dichas solicitudes no necesitan ser fundadas, por lo que se desconoce el motivo que ha llevado a particulares a pedir una base de datos tan extensa.
Ese listado se compone de casi 600.000 nombres de dominio, el que podrá ser utilizado para cualquier fin que el solicitante de esa información considere relevante. Inicialmente, el propio NIC rechazó este requerimiento, basándose en los potenciales riesgos que la entrega de esta información podría significar en el resguardo de derechos de privacidad, protección a los datos personales y ciberseguridad. Sin embargo, el máximo Tribunal  finalmente falló a favor de la entrega de esta base de datos, abriendo la puerta a sucesivas solicitudes, como en el presente caso.
La propia Ley de Transparencia permite la exclusión de la entrega de información, ejerciendo el derecho de oposición por motivo fundado de cada particular. Por esta razón, NIC Chile se encuentra en proceso de preguntar, a través del correo electrónico del contacto administrativo del titular, si desea excluir su propio nombre de dominio en el listado que deberá entregar.
Se recomienda hacer ejercicio de ese derecho, con el fin de prevenir posibles usos inadecuados de esa información tales como el envío de spam, malware, phishing o la obtención de datos personales mediante el cruce  con otras fuentes de acceso público. 

 

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