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Con voto en contra.

CS confirma sentencia que declaró inadmisible protección de lesionados en marchas en contra de Carabineros y de Metro de Santiago.

Corte de Santiago estimó que pretensiones no pueden ser resueltas en esta sede cautelar.

8 de diciembre de 2019

Con fallo dividido, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró inadmisible protección deducida por recurrentes que señalan fueron víctimas del uso de balines y otros procedimientos eventualmente desproporcionados, que se entabló en contra de Carabineros y Metro de Santiago.

La sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago señaló que, de los antecedentes que obran en la causa se desprende que, los hechos denunciados y las pretensiones de los recurrentes darían cuenta de cuestiones que deben ser abordadas en un proceso de lato conocimiento atendida la naturaleza cautelar del recurso de protección.

Por ello, la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago señaló que no puede acogerse a tramitación la acción intentada, sin perjuicio otros derechos que le asisten a los recurrentes.

Por su parte, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago. La decisión fue acordada con el voto en contra del ministro Sr. Muñoz, quien estuvo por declarar admisible la presente acción constitucional y en su lugar acoger a trámite el presente libelo.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N° 33.639-2019Corte de Apelaciones de Santiago Rol N° 171.971-2019.

 

 

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