Con voto en contra.
CS confirma sentencia que declaró inadmisible amparo en favor de interno de colina 1 que fue aislado tras encontrarse un teléfono celular entre sus pertenencias.
Sin perjuicio de ello, la Corte de Santiago ordenó pasen los antecedentes a Gendarmería para que conozca de dichos hechos en la vía administrativa.

En fallo dividido, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró inadmisible amparo deducido en favor de interno en el Centro Penitenciario Colina 1, en contra de la decisión de Gendarmería de decretar su aislamiento al interior del recinto carcelario, tras ser sorprendido con un teléfono celular en su poder.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, tuvo en consideración que de los antecedentes que obran en la causa, se desprende que los hechos denunciados no corresponden a aquellos enmarcados en lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, debiendo ser desestimada dicha acción intentada, pero sin perjuicio de ordenar que pasen los antecedentes a Gendarmería para su conocimiento por la vía administrativa.
Por su parte, la Corte Suprema confirmó la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago. La decisión fue acordada con el voto en contra del ministro Sr. Zepeda, quien estuvo por revocar el fallo de alzada y en su lugar acoger a tramitación la presente acción al considerar que los hechos denunciados se enmarcan dentro de las causales contenidas en el recurso de amparo.
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