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Ajustado a derecho.

CGR toma razón con alcance de documento que establece Plan de Prevención y de Descontaminación Atmosférica para las comunas de Concepción Metropolitano.

El alcance radica en el tiempo que tardó en dictarse el acto administrativo puede implicar que las medidas propuestas en el mismo, en la actualidad, resulten ineficaces.

17 de diciembre de 2019

La Contraloría General de la República, ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se establece el Plan de Prevención y de Descontaminación Atmosférica para las comunas de Concepción Metropolitano, por encontrarse ajustado a derecho. Al respecto, el ente contralor indicó que, sin perjuicio de lo anterior, cabe hacer presente que de conformidad con sus considerandos 1.- y 3.-, dicho plan tiene como antecedente la declaratoria de zona latente por material particulado respirable MP10, como concentración de 24 horas, efectuada a través del decreto supremo N° 41, de 2006, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y la declaratoria de zona saturada por material particulado fino respirable MP2,5, como concentración diaria, realizada mediante el decreto supremo N° 15, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente. Además, y según consta en su artículo 2, acápite I.5, su inventario de emisiones atmosféricas tiene como base el año 2013. Enseguida, el ente fiscalizador expuso que, en este orden de ideas, cumple con advertir que el tiempo que tardó en dictarse el acto administrativo de que se trata puede implicar que las medidas propuestas en el mismo, en la actualidad, resulten ineficaces, afectando con ello el rol que el Estado tiene de actuar en forma eficiente, siendo pertinente una revisión de sus antecedentes y de los instrumentos y medidas que contiene con anterioridad al plazo de 5 años establecido en su artículo 99. Finalmente, el órgano contralor concluyó que, por consiguiente, con el alcance que antecede, se ha tomado razón del Plan de Prevención y de Descontaminación Atmosférica para las comunas de Concepción Metropolitano.

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº31.666-19.

 

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