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En fallo unánime.

Corte de Concepción revoca prisión preventiva de imputada por parricidio que fue agredida por más de una década por la víctima.

El Tribunal de alzada revocó la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Tomé, tras considerar que la imputada fue víctima de una serie de actos de violencia de género por parte del occiso, por casi una década.

25 de diciembre de 2019

En fallo unánime, la Corte de Concepción acogió el recurso de apelación presentado en contra de resolución que decretó la prisión preventiva de Cinthya Soledad Concha Candia, imputada por el Ministerio Público como autora del delito consumado de parricidio calificado, ilícito perpetrado en septiembre pasado, en la comuna de Tomé.
La Tercera Sala del Tribunal de alzada revocó la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Tomé, el viernes 13 de diciembre recién pasado, tras considerar que la imputada fue víctima de una serie de actos de violencia de género por parte del occiso, por casi una década.
El fallo consigna que en este sentido, es importante destacar que la acusada comete parricidio en contra de quien fue por años su agresor. Sobre el particular no existe discusión respecto de una serie de actos de violencia de género acometidos en contra de la acusada por quien es ahora la víctima, que se venían sucediendo desde hace al menos 10 años, siendo el último y más reciente, una sentencia del mes de julio de este año, donde Mario Vásquez Macías fue condenado por los delitos de amenazas de muerte, lesiones y desacato, por hechos donde la acusada es agredida con golpes de puño y amenazada de muerte con arma cortante.
La resolución agrega que, es preciso consignar lo incorrecto de afirmar -como lo sostiene el Ministerio Público- que la circunstancia que la imputada reiniciara la relación con su agresor, sea un elemento en su contra; al contrario, en un contexto de violencia como el que se ha descrito, aquello no es más que uno de los elementos o presupuestos que forma parte de la rueda de violencia permanente en que las mujeres viven sus relaciones con el agresor y que se arraiga en sus relaciones afectivas, lo que se reafirma por el sinnúmero de hechos que rodearon el ilícito los que configuran situaciones de riesgo para la integridad física y psíquica de la propia acusada.
A continuación, el fallo indica el consumo de droga por parte del agresor es descrito en las estadísticas como uno de los riesgos más graves de ser víctima de violencia y, considerando además, la existencia de lesiones en la propia imputada, no hace sino dar cuenta de una amenaza permanente, más que inminente, a la vida de la mujer.
Por tanto, concluye que se revoca la resolución apelada de trece de diciembre en curso, pronunciada por el Juzgado de Garantía de Tomé, que mantuvo respecto de la imputada Cinthya Soledad Concha Candia la medida cautelar de prisión preventiva, y en su lugar, se la sustituye por la privación de libertad total contemplada en el artículo 155 letra a) del Código antes mencionado, en el domicilio que se disponga ante el Juzgado de Garantía de Tomé.

 

Vea vocería ministra Rivas

Vea texto íntegro de la sentencia rol 1118-2019

 

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