Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducida por Municipalidad de Hualpén y su Dirección de Administración de Educación respecto de Contraloría Regional del Bio-Bío por dictación de oficio.
La recurrente estimó vulnerado la garantía constitucional del numeral 2 del artículo 19 de la Constitución.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Concepción, y rechazó la acción de protección, deducido por la Municipalidad de Hualpén y su Dirección de Administración de Educación en contra de la Contraloría Regional del Bio-Bío, por la dictación de un oficio respecto de ciertos docentes.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de Contraloría Regional de Bio-Bío por el Oficio N° 3.360, de fecha 25 de abril de 2019, REFS. Nros. 82.133, 82.605, 82.732 y 82.883 todos del 2019, que ordenó la reincorporación de la docente Gabriela Briano Villa y el pago a la misma de las remuneraciones dejadas de percibir en el tiempo que estuvo separada de sus funciones; y que asimismo, ordenó la renovación de horas a los docenes, Carolina Escobar Pérez, Paula Sepúlveda Montero y Marcelo Molina Fuentes correspondientes a horas de extensión y el correspondiente pago por el tiempo que dejaron de percibir dichas remuneraciones.
La recurrente estimó vulnerado su garantía del artículo 19 de la Constitución numeral 2.
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