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Por unanimidad.

CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección contra el director de tránsito de la Municipalidad de Santa Cruz, por modificar las bases de una licitación pública de explotación de estacionamientos públicos.

Corte de Rancagua señaló que los hechos denunciados exceden requieren un juicio de lato conocimiento.

4 de enero de 2020

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua que declaró inadmisible protección deducida por sociedad que se adjudicó licitación pública para la explotación de estacionamientos municipales por modificación unilateral de las bases del proceso.

La sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua señaló que, de los antecedentes que obran en la causa es posible advertir que la pretensión del recurrente excede el marco de conocimiento y aplicación de la acción de protección de garantías constitucionales, de naturaleza cautelar, por lo que debe rechazarse la pretensión de la actora.

Por su parte, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol Ingreso N° 32.092-2019 y de la Corte de Apelaciones de Rancagua Rol Ingreso N° 18.353-2019.

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