Por unanimidad.
Corte de Santiago rechazó amparo en contra del 2° Juzgado de Garantía de Santiago por detención que habría durado más de 48 horas.
La amparada habría tenido orden de detención pendiente en Angol.

En forma unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó recurso de amparo deducido por imputada en contra de del 2° Juzgado de Garantía de Santiago. La amparada señala que 26 de noviembre de 2019 fue detenida por funcionarios policiales, en virtud de una orden de detención pendiente expedida por el Juzgado de Garantía de Angol, por no comparecencia a un procedimiento simplificado. Indica que el mismo día se realizó control de detención, donde el 2° Juzgado de Garantía de Santiago resolvió dar orden de ingreso a la amparada a la Cárcel de Mujeres de San Miguel como detenida en tránsito. Almomento de presentar el recurso la amparada llevaba más 48 horas privada de libertad, sin que exista seguridad de cuándo podrá ser trasladada ante el Juzgado de Garantía de Angol, afectando su garantía constitucional de libertad personal.
El recurrido señala en su informe que efectuado el control de legalidad de la detención, se informó a la imputada que se había reportado al tribunal emisor de la orden, que ella se encontraba detenida en la ciudad de Santiago y el Juzgado de Garantía de Angol había dispuesto su traslado, detenida, por intermedio de Gendarmería de Chile, para ser puesta disposición del tribunal sureño, a primera audiencia del día hábil siguiente. Que luego solicita informe, el que indica que la amparada fue liberada el día 28 de noviembre por orden del tribunal exhortante.
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso, concluyendo que como la amparada ya fue liberada, ya no existe acto arbitrario o ilegal que importe amenaza o vulneración a alguna de las garantías fundamentales que se tutelan por la vía de amparo, no pudiendo adoptar medida alguna.
Te puede interesar

Por discriminatorio.
El TS de España declaró nulo el límite de 75 años para integrar el turno de oficio en Madrid por ser discriminatorio en razón de edad.

Por unanimidad.
CS confirma sentencia que rechazó amparo en favor de menor de edad contra resolución del Juez de Garantía de Rancagua que decretó su internación provisoria.

Por unanimidad.
CS confirma sentencia que rechazó protección contra Registro Civil por negarse a modificar posesión efectiva con fines de excluir a herederos ya reconocidos en sus derechos.

