MINEDUC.
CGR determinó que no se advierten irregularidades en la Cuenta Pública Participativa 2018 llevada a cabo en el Ministerio de Educación.
El ente contralor adujo que el MINEDUC se encuentra facultado para determinar los medios específicos de participación destinados a ser utilizados en los procesos que contempla la reseñada ley N° 18.575.

Se dirigió a la Contraloría General de la República, la Senadora de la República Yasna Provoste Campillay y la Diputada de la República Cristina Girardi Lavín, consultando sobre la procedencia de que el Ministerio de Educación -MINEDUC- haya efectuado afirmaciones en su sitio web que son contrarias a la ley N° 21.845, sobre Inclusión Escolar y la ley N° 21.040, que Crea el Sistema de Educación Pública, en el marco de la “Cuenta Pública Participativa 2018”. Además, denuncia que se llevó a cabo una encuesta virtual sin las medidas mínimas para su implementación, que no permiten considerar como fidedignos los datos extraídos.
Requerida de informe, la aludida Secretaría de Estado ha manifestado, en síntesis, que en los textos publicados en el portal se cumplió con indicar la ley que rige la materia y sus disposiciones, siendo las aseveraciones impugnadas simples expresiones de acciones pretendidas en lo futuro, como nueva administración, pero que no pueden interpretarse como una intención de infringir las leyes vigentes.
Al respecto, el ente contralor indicó que el artículo 1° de la ley N° 18.956 señala que el MINEDUC es la Secretaría de Estado responsable de fomentar el desarrollo de la educación en todos los niveles y modalidades, propendiendo a asegurar la calidad y la equidad del sistema educativo; promover el estudio y conocimiento de los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana; y fomentar una cultura de la paz.
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