No es la vía idónea.
CS confirma sentencia que rechazó protección de dueño de vehículo contra Registro Civil por no levantar medida cautelar en el marco de una investigación penal.
Corte de Santiago señaló que no es la protección la vía idónea para satisfacer las pretensiones del recurrente.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó protección deducida en contra del Servicio de Registro Civil e Información frente a su negativa a levantar una anotación a vehículo, consistente en su encargo por orden del Ministerio Público en el marco de una investigación criminal.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago señaló que, de los antecedentes que obran en la causa es posible advertir que la orden de anotación se ha generado por la autoridad persecutora en el contexto de una investigación penal por el delito de apropiación indebida, que habría cometido presuntamente a través de la automotora “100 autos”, ubicada en la comuna de Vitacura.
Añade la sentencia de alzada que, lo que sustenta finalmente la pretensión del recurrente es el supuesto error jurídico en la emisión de una orden por parte del Ministerio Público, en el marco de una querella por apropiación indebida. Finalmente indica que, los derechos que el actor solicita le sean tutelados, no pueden satisfacerse por esta vía, ni del modo que se solicita, dado que atendida la naturaleza de los argumentos que motivan el acto que se objeta, el legislador ha dispuesto expresamente acciones y procedimientos legales y administrativos de lato conocimiento destinados a esclarecerlos.
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