Carabineros de Chile.
CGR determinó que derecho de carabinero a devolución de aportes al fondo de ahorro habitacional y de desahucio se encuentran prescritos.
El ente contralor ordenó que Carabineros deberá adoptar, a la brevedad, las medidas tendientes a afinar el sumario ordenado en contra del solicitante, informando de ello al interesado y a esta Contraloría General en el plazo de 30 días contado desde la recepción del presente oficio.

Se ha dirigido a la Contraloría General de la República, un exfuncionario de Carabineros de Chile, para solicitar que se ordene la devolución de los aportes que efectuó al fondo de ahorro habitacional.
Al respecto, el ente contralor indicó que con arreglo a lo previsto en el artículo 5°, inciso sexto, del decreto N° 407, de 1981, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento del Fondo de Ahorro Habitacional, que el empleado que dejare de ser partícipe del citado Fondo, tendrá derecho a la devolución de sus cuotas o aportes.
Enseguida, el ente fiscalizador expuso que el mencionado ordenamiento no contempla un régimen de prescripción aplicable a dicha devolución, por lo que de conformidad con lo señalado en los dictámenes Nos55.680, de 2009 y 89.668, de 2015, de este origen, entre otros, debe recurrirse supletoriamente al plazo establecido en el artículo 2.515 del Código Civil, esto es, cinco años contados desde la fecha en que éstos se hicieron exigibles.
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