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Por unanimidad.

CS revocó sentencia y declaró admisible protección deducida por prestador privado de cursos de seguridad en contra de Carabineros de Chile por revocarle parcialmente su autorización para impartir cursos relacionados.

Recurrente estimó vulneradas las garantías de igualdad ante la ley y libertad de trabajo.

22 de enero de 2020

En fallo unánime, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago y en su lugar declaró admisible protección deducida en contra de Carabineros de Chile, frente a acto administrativo que le revocó parcialmente su autorización para impartir cursos en materia de seguridad.

De los antecedentes expuestos por el recurrente en su libelo, se desprende que éste tras conocer la revocación de algunas autorizaciones con las que ya previamente contaba para realizar asignaturas relativas a la protección de personas, el actor interpuso recursos de reposición, reconsideración y revisión extraordinaria. Añade en su exposición que tras la publicación de un Decreto del Ministerio del Interior que exime de algunas exigencias en su área de desempeño, el recurrente tenía la legítima expectativa de que se invalidase lo resuelto precedentemente.

La sentencia de la Corte Suprema indicó que, de los antecedentes expuestos por el recurrente existen suficientes hechos que darían cuenta de una eventual vulneración de derechos fundamentales como los que señala el recurrente, por lo que dicha acción debe ser acogida a trámite.

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol Ingreso N° 36.583-2019 y de la Corte de Apelaciones de Santiago Rol Ingreso N° 177800-2019.

 

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