De manera unánime
CS confirmó sentencia que acogió amparo deducido por el INDH en contra de Carabineros de Chile por el uso de químicos como medio disuasivo.
La Corte de Apelaciones señaló que no existe un protocolo predeterminado para la confección de esta arma disuasiva.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción que acogió una acción de amparo deducida en favor de un grupo de manifestantes en contra de Carabineros de Chile por uso de químicos como medio disuasivo durante manifestaciones.
El INDH señaló que los manifestantes, luego de participar en las marchas de conmemoración del primer año desde la muerte del comunero mapuche Catrillanca presentaron quemaduras en sus cuerpos producto del líquido expulsado por el carro lanza-aguas de Fuerzas Especiales de Carabineros de Chile. Agregaron que el actuar de los recurridos es ilegal y arbitrario, pues sus procedimientos atentan, violan y vulneran los tratados internacionales ratificados en Chile, junto con las garantías constitucionales garantizadas por la Carta Fundamental, especialmente, su derecho a la libertad personal y/o seguridad individual consagrado en el artículo 19 N° 7 de la C.P.R., ya que el uso de la fuerza utilizado por los recurridos es injustificada y desproporcionada, lo que afectó la integridad personal de los amparados.
Por su parte, la Dirección Nacional de Orden y Seguridad informó que durante las marchas realizadas en conmemoración del primer año de la muerte de Catrillanca el personal policial sufrió ataques directos y violentos de parte de un grupo de encapuchados, con quienes se intento dialogar para que la disuasión surtiera efecto, pero no se logró ningún resultado. Agregó que, el uso del carro lanza-aguas en dicha manifestación fue porque los manifestantes iniciaron un incendio en un negocio local, por lo que dicho uso fue en el contexto de colaboración con bomberos. Finalmente, aseveró que el uso del elemento disuasivo siempre se realizó en cumplimiento de los protocolos establecidos, agotando todas las instancias de dialogo con los amparados.
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