Recurso contencioso-administrativo.
TS de España desestimó suspensión cautelar de sanción impuesta a una juez.
El Tribunal Supremo agregó respecto a los supuestos perjuicios derivados de la pérdida de destino, que nada impide que una hipotética sentencia favorable le restituya en el juzgado en el que ahora desempeña sus funciones.

El Tribunal Supremo español rechazó un recurso contencioso-administrativo y acordó desestimar la suspensión cautelar de la sanción de 7 meses y 1 día de suspensión de funciones impuesta por el Consejo General del Poder Judicial a la juez recurrente por los cargos de reiterada alegación de errores de hecho en la apreciación de los retrasos en su labor jurisdiccional, la acumulación de trabajo en el Juzgado por la tramitación de causas de gran complejidad, la denegación indebida de pruebas en el expediente disciplinario o la errónea conceptuación de ciertas conductas como desatención.
El máximo Tribunal ibérico rechazó la suspensión cautelar pedida por la jueza, que ponía de manifiesto que la sanción implicaba la pérdida de destino y con ello graves perjuicios personales y familiares. Además alegó que concurrió una clara apariencia de buen derecho al basarse la sanción en un error de hecho de la inspección y que el Consejo General del Poder Judicial, está cuestionado en su legitimidad por el Consejo de Europa, al no ser al menos la mitad de sus miembros elegidos por los jueces y magistrados integrantes del poder judicial.
El Tribunal Supremo agregó respecto a los supuestos perjuicios derivados de la pérdida de destino, que nada impide que una hipotética sentencia favorable le restituya en el juzgado en el que ahora desempeña sus funciones. “No hay por tanto pérdida de finalidad del recurso ni en cuanto a la plaza que ocupa ni en cuanto a las restantes consecuencias económicas o profesionales”, dice la sentencia.
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