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Moción.

Presentan proyecto de ley que busca crear una agravante al delito de atentados contra la autoridad.

El objetivo principal del proyecto ingresado es agravar la pena aplicable a los atentados contra la autoridad, cuando el hecho fuere cometido por dos o más personas.

11 de febrero de 2020

La Moción busca agregar un inciso tercero dentro del artículo 262 del Código Penal, que tipifica el delito de el uso de la fuerza o intimidación contra Carabineros, consagrando la agravante de cometer el delito por un grupo o una turba de personas.
El proyecto señala que nuestro país se ha visto inmerso en un proceso de estallido social que ha puesto por delante a las urgencias sociales y el apremio que existe en orden a combatir la desigualdad y los abusos que afectan a la gran mayoría de los chilenos. Por su parte, lo anterior ha permitido un brote de violencia insospechado que ha empañado las justas causas sociales.
Otro punto abordado, es que se ha permitido la legitimación social del uso de la fuerza contra el personal policial. Carabineros, Policía de Investigaciones y nuestras Fuerzas Armadas, han vivido ataques cobardes e irracionales. De esta forma, la promesa del Estado de Derecho de la erradicación del uso de la violencia como método de resolución de conflictos, donde el uso monopólico de la fuerza queda reservada a ciertos órganos estatales legalmente facultados por ley para tal efecto, se vuelve abstracta y difusa.
Así las cosas, los ataques se han vuelto aún más graves. La modalidad de turbas se ha vuelto común en los últimos días, poniendo en grave riesgo a los efectivos policiales que deben enfrentarse a un grupo importante de personas que los ataca por el mero hecho de ser tales.
Con el fin de avanzar en la materia, la iniciativa busca agravar la responsabilidad penal de aquellas personas que cometan atentados contra la autoridad mediante grupos o turbas.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados.

Vea texto íntegro del Boletín Nº 13219-25.

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