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Por unanimidad.

Corte Suprema confirmó sentencia que rechazó protección deducido por sociedad en contra de Alcalde de Talca por dictación de Decreto Alcaldicio que ordenó término de concesión de inmueble a recurrente

La Corte de Apelaciones de Talca indicó que, del examen de los antecedentes allegados a estos autos y normativa vigente, no se advirtió que existió de parte de la recurrente un derecho indubitado.

Por Redacción·17 de febrero de 2020·2 min de lectura
Corte Suprema confirmó sentencia que rechazó protección deducido por sociedad en contra de Alcalde de Talca por dictación de Decreto Alcaldicio que ordenó término de concesión de inmueble a recurrente
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Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca y rechazó un recurso de protección deducido por la Sociedad Carlos Carrillo y Compañía Limitada en contra del Alcalde de Talca por la dictación de Decreto Alcaldicio que ordenó el término de la concesión de un inmueble a la recurrente.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Alcalde de Talca por la dictación del Decreto Alcaldicio N° 1499, de 12 de abril de 2019, que ordenó el término inmediato de la concesión de un terreno de 4.686 metros cuadrados otorgada a la recurrente para el desarrollo de actividades económicas.

La recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 2, 16, 21, 22 y 24.

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