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Con dos votos en contra.

CS confirmó fallo que rechazó amparo en contra de Carabineros de Chile por detención de dos reporteros.

Los reporteros fueron detenidos a pesar de portar su credencial y cédula de identidad.

5 de marzo de 2020

En fallo dividido, la Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción que rechazó recurso de amparo deducido por Instituto Nacional de Derechos Humanos a favor de reporteros y en contra de Carabineros de Chile. El amparado señala que un piquete de Carabineros de Fuerzas Especiales (FF.EE) se acerca corriendo en dirección a donde el amparado se encontraba, por lo que para no obstruir el actuar de FF.EE, quedarse simplemente detenido en el mismo lugar. Uno de los efectivos de Carabineros al pasar junto al amparado lo empuja, lo que da lugar a que el amparado le manifieste que él sólo está trabajando, es ahí que entre cinco a siete funcionarios de FF.EE toman al amparado e intentan quitarle la cámara fotográfica que portaba, para luego ingresarlo a un furgón policial, mientras les preguntaba por qué motivo estaba siendo detenido. Ante los requerimientos del amparado se le señala que sólo se trata de un control de identidad y que debía ser trasladado hasta la Comisaría para realizarlo, a pesar de que el amparado portaba su cédula de identidad y la exhibe al interior del furgón. Luego, uno de sus compañeros es alcanzado por un chorro del carro lanza aguas, para luego ser detenido por desórdenes públicos; el día después no le permiten la entrada a un punto de prensa a pesar de portar su credencial.
El recurrido señala en su informe que se verificó en la hoja de ruta furgón del día 24 de febrero en curso, no existiendo registro alguno de los antecedentes relacionados con los hechos descritos por la recurrente. No obstante, se informa que esos antecedentes guardan relación con un procedimiento de la referida unidad policial, por control de identidad del primer amparado y procedimiento por detención por desórdenes del segundo amparado.
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso, concluyendo que no es posible tener por establecido que en los tres hechos que la recurrente menciona como vulneratorios de los derechos de los amparados a su libertad y seguridad personal, en sus detenciones ocurridas el 24 de enero de 2020 y la discriminación respecto del segundo amparado a traspasar los anillos de seguridad de Carabineros, por cuanto, no se ha establecido que posean la calidad de reporteros gráficos, que el primer amparado hubiere estado detenido más allá del tiempo establecido por la ley para el control de identidad y que su compañero que el procedimiento por desórdenes públicos excedió el plazo legal.
Por su parte, el Máximo Tribunal confirmó el fallo, con el voto en contra de los Ministros Künsemüller y Dahm, quienes estuvieron por revocar la sentencia apelada y hacer lugar al recurso de amparo, teniendo presente, para ello, que las circunstancias y período de la privación o restricción de libertad de los amparados no fueron controvertidos y aparecen desprovistos de fundamento aceptable en el ámbito jurisdiccional, debiendo ser calificados de ilegales, en los términos del artículo 21 de la Constitución Política de la República.

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol N° 21.074-20 y de la Corte de Apelaciones de Concepción Rol Amparo 24-2020.

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