Con dos votos en contra.
Corte Suprema revocó sentencia y acogió protección deducido por particular en contra de compañía de seguros y Clínica por no otorgar cobertura de siniestro por supuesta no declaración de preexistencia
La Corte Suprema indicó en su sentencia que, no se cumplió el requisito de la preexistencia previsto en el artículo 591 del Código de Comercio.

Con dos votos en contra, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago y acogió un recurso de protección deducido por una particular en contra de las Sociedades Alemana Seguros S.A. y de la Clínica Alemana de Santiago S.A. por no otorgar la cobertura del siniestro por la supuesta no declaración de preexistencia.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de las Sociedades Alemana Seguros S.A. y de la Clínica Alemana de Santiago S.A. por el rechazó definitivo del siniestro N° 4839 por parte de la primera recurrida, ya que la recurrente no habría supuestamente señalado la existencia de preexistencia alguna al momento de firmar el contrato de seguro.
La recurrente estimó que se vulneró sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1 y 24.
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