Ratificada en tercer trámite.
A ley proyecto que entrega mayor protección a las pymes por el pago de sus servicios.
La propuesta viene a enmendar la Ley de pago a 30 días, en lo principal, para reforzar el carácter excepcional de los acuerdos que puedan celebrar entre sí las empresas para prolongar el pago de las facturas.

En condiciones de pasar al Ejecutivo para su promulgación como ley de la República quedó el proyecto que refuerza el carácter excepcional de los acuerdos que alteren el plazo de pago de treinta días de las facturas adeudas a las pymes, ello luego que la Cámara de Diputadas y Diputados aprobara de manera unánime los cambios realizados por el Senado.
La propuesta, que tiene como objeto otorgar mayor protección a las empresas de menor tamaño por medio de perfeccionamientos a la Ley que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura (Ley 19.983), fue objeto de cuatro enmiendas en el Senado que vinieron a dar mayor precisión a las normas aprobadas por la Cámara.
El texto define que, sin perjuicio de la autorización para celebrar acuerdos excepcionales, estos no podrán verificarse cuando participen empresas de menor tamaño, como vendedoras o prestadoras de servicios, y empresas cuyos ingresos anuales sean superiores a 25.000 unidades de fomento y exceden las 100.000 unidades de fomento en el último año calendario, como compradoras o beneficiarias del bien o servicio.
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