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Presentan proyecto de ley que busca mejorar la protección de los derechos de los consumidores.

El objetivo principal del proyecto ingresado es mejorar la ley en materia de horarios, frecuencia y vías de comunicación de las actuaciones de cobranza extrajudicial.

18 de marzo de 2020

La Moción busca perfeccionar la protección de los derechos de los consumidores frente a la cobranza extrajudicial y las prácticas abusivas ejercidas por parte de los proveedores de créditos y de las empresas de cobranza.
El proyecto señala que en la actualidad, millones de chilenos que hoy están sobre endeudados han experimentado alguna cobranza extrajudicial de parte de alguna institución financiera, y muchos han recibido llamados todos los días, a toda hora e incluso hostigando a familiares es lo que concentra más quejas; pasando de una legítima cobranza extra judicial a prácticas abusivas. Hoy más de 19 mil reclamos ha recibido el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), relacionados con acoso telefónico por parte de empresas de cobranzas, un aumento en más del 100% si se toma en cuenta que en el período 2018 se recibieron alrededor de 7 mil reclamos contra este tipo de llamadas.
Con el fin de avanzar en la materia, la iniciativa busca especificar los medios de comunicación que tienen por finalidad la cobranza extra judicial y limita su horario de lunes a viernes desde las nueve horas hasta las trece horas y desde las quince horas hasta las dieciocho horas. Agregando además que no puedan ser más de dos veces a la semana. También establecer prohibiciones tales como el envío de misivas a direcciones de correos electrónicos que indique que no es de uso individual o personal del presunto deudor; de efectuar comunicaciones a teléfonos y domicilios laborales: de reiterar llamados telefónicos en caso de existir constancia fehaciente de que el número telefónico no pertenece al presunto deudor; de efectuar comunicaciones desde teléfonos o centrales telefónicas que oculten el número telefónico desde el cual se realizan o con costo para el presunto deudor. Y finalmente, establecer la obligación de que los proveedores de crédito o las empresas de cobranza deben instrumentar mecanismos de registro de reclamos donde los presuntos deudores podrán dejar asentados sus reclamos respecto al cumplimiento de la presente ley.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo de la Cámara de Diputados.

Vea texto íntegro del Boletín Nº 13282-03.

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