Noticias

En fallo unánime.

Corte Suprema confirma error de AFP en calificación de funciones de trabajador para cobro de imposiciones

El máximo Tribunal rechazó el recurso de casación interpuesto por la AFP en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que confirmó la resolución de primer grado.

31 de marzo de 2020

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia que acogió la excepción deducida por empleador de cuidador y jardinero, cuyas funciones laborales fueron equiparadas erróneamente por la AFP Habitat S.A. como las de empleado de casa particular.

La sentencia plantea que sobre la base de lo anterior, los tribunales razonaron en el sentido que, dada la naturaleza de los servicios prestados, no pueden ser equiparadas a las de un trabajador de casa particular, razón por la cual se acogió la excepción opuesta por la contraria.

La resolución agrega que, en relación a la infracción del artículo 146 del Código del Trabajo, cabe considerar que, como expresa la sentencia impugnada, establece que ‘son trabajadores de casa particular las personas naturales que se dediquen en forma continua, a jornada completa o parcial, al servicio de una o más personas naturales o de una familia, en trabajos de aseo y asistencia propios o inherentes al hogar’, extendiéndose dicha calificación, además, a los choferes de casa particular; sin embardo, no resulta aplicable en el contexto de un trabajador cuyos servicios fueron calificados por la judicatura del fondo como ‘cuidador y Jardinero’, pues no se tuvo por establecido que las labores reseñadas en el número 1 del considerando segundo las haya prestado en los términos o condiciones que señala dicha disposición.

Añade que en cuanto a las eventuales vulneraciones a las leyes N° 20.336 y N° 20.786 y a los artículos 147 y siguientes del Código del Trabajo, sin perjuicio que el recurrente no las desarrolla, tampoco se advierte cómo la decisión habría conculcado las normas sobre descanso semanal, jornada, y composición de las remuneraciones de los trabajadores de casa particular, así como las relativas a las especificaciones que debe contener el contrato de trabajo y condiciones del empleo de dichos dependientes.

Concluye que, de este modo, sobre la base de los hechos establecidos de manera inamovible para este tribunal de casación, dado que no se denunció ni acreditó el quebrantamiento de las denominadas normas reguladoras de la prueba, debe concluirse que los tribunales no han cometido el yerro que se denuncia, por lo que el recurso de casación en el fondo debe ser desestimado.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol 3902-2019 y de la Corte de Apelaciones Rol 3117 – 2018

 

RELACIONADOS

Corte de Antofagasta ordena a AFP devolver fondos previsionales a cotizante extranjero…

CS confirmó sentencia y rechazó protección deducido por ciudadana venezolana contra AFP por negativa a devolver fondos previsionales…

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *