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Proyecto de ley busca suspender las medidas judiciales de embargo de bienes y de lanzamiento de arriendos.

A fin de que las personas puedan realizar la cuarentena en sus hogares con tranquilidad.

14 de abril de 2020

La Moción busca limitar transitoriamente la realización de embargos y lanzamientos, debido a la situación extraordinaria en la que nos ha sumido la pandemia del Covid-19. Para esto, entenderemos como embargo aquella actuación Judicial, realizada por un ministro de fe, que tiene por objeto el retiro de bienes para su posterior remate. Y por lanzamiento, la forma en la que se cumple la sentencia ejecutoriada o la que causa ejecutoria, que ordena la restitución, entrega o devolución del inmueble.
Debemos destacar que el Artículo N° 13 de la Ley 18.101, contempla, en su inciso segundo, la posibilidad de que el juez, ante hechos graves y calificados pueda suspender el lanzamiento hasta por 30 días, cuestión que hoy pretendemos congelar provisoriamente por 9 meses.
Asimismo, el proyecto de ley señala que las circunstancias actuales sitúan al país en un escenario crítico, donde muchos chilenos y chilenas no podrán cumplir con sus compromisos, especialmente en el pago de cuentas, que en el caso de los servicios básicos generan un tremendo impacto. El shock económico que viviremos requiere de medidas inmediatas que sean un alivio para quienes no podrán hacer sus vidas normales durante los próximos días.
Con el fin de avanzar en la materia, la iniciativa busca que las familias que se encuentran realizando cuarentena o se aprontan a hacerlo, deben contar con la tranquilidad de poder realizarla en un espacio donde se asegure su permanencia.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

Vea texto íntegro del Boletín Nº 13408-07.

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  1. El problema de esta medida es contra los arrendatarios que sin escrúpulos y de mala fe permanecen en una casa sin pagar arriendo ni las cuentas, abusando de la ley. Hay muchos caso en que se justifica, de gente honesta que se ha visto impedida de pagar, pero también hay personas de mal vivir que usan esta situación para aprovecharse, el problema es que nadie defiende a los arrendadores, quienes también necesitan de la renta de arrendamiento para subsistir

    1. Efectivamente nadie protege al arrendador un año sin pagar renta y un año sin pagar servicios básicos que por ley tampoco pueden cortar
      Arrendadores con las manos atadas y sin recibir dinero siendo además perjudicados con deudas que seguro el arrendatario no pagará y más encima juicios parados y a nadie le importa
      Hay gente que se las rebusca para pagar y otras se aprovechan y tampoco se van y no puedes disponer de tu propio bien