Diario Constitucional

Moción.

Presentan proyecto de ley que busca establecer medidas para asegurar el pago de pensiones alimenticias si el alimentante se acoge a la Ley de Protección del Empleo.

El objetivo principal del proyecto ingresado es asegurar el pago de las pensiones en tiempo de pandemia.

Por Redacción·26 de abril de 2020·2 min de lectura
Presentan proyecto de ley que busca establecer medidas para asegurar el pago de pensiones alimenticias si el alimentante se acoge a la Ley de Protección del Empleo.
Referencial

La Moción busca asegurar la continuidad en el pago de las obligaciones de familia, ordenando en la ley que cuando sea la Sociedad Administradora del Fondo de Cesantía la que asuma los pagos mensuales, la obligación del descuento por planilla que tenía el empleador sea asumida durante el tiempo de la suspensión del contrato de trabajo por dicha sociedad.

El proyecto pretende modificar la nueva Ley de Protección del Empleo, que no se puso en la situación de que existen muchos trabajadores y trabajadoras, a los cuales un Tribunal de Familia les impuso el pago de una obligación de pagar alimentos, la cual por seguridad del cumplimiento de la obligación fue ordenada al empleador de los mismos que fuera descontada por planilla y pagada directamente a los beneficiarios de alimentos en la cuenta bancaria informada al tribunal.

Con el fin de avanzar en la materia, la iniciativa busca establece la obligación del empleador de comunicar al Tribunal de Familia respecto a la circunstancia de la suspensión del contrato, esto tiene como finalidad de poner en conocimiento de la justicia de las nuevas circunstancias del trabajador. De esta forma, cuando al trabajador se le ha obligado a pagar un porcentaje de su sueldo como pensión, ésta situación se mantendrá inalterable en proporción al beneficio que se le entregará por parte de la AFC. Para el caso en que el tribunal haya ordenado el descuento de una cantidad fija, ya tendrá los antecedentes del cambio de ingresos para el caso de que el trabajador requiera por parte de la justicia el establecer un pago menor de acuerdo a sus nuevos ingresos, lo que hoy se realiza de forma remota y sin necesidad de una audiencia de conciliación obligatoria de acuerdo a las reglas emitidas por el Poder Judicial para estos tiempos de pandemia sanitaria.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.