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Por unanimidad.

CS acogió casación en el fondo contra sentencia en procedimiento de reclamación de multa.

La Corte Suprema señaló que, el error de derecho descrito influyó substancialmente en lo dispositivo del fallo.

5 de mayo de 2020

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo deducido por la parte reclamante en procedimiento de reclamación de multa, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago que, confirmó lo resuelto por el 17° Juzgado Civil de Santiago, siendo dictada con inobservancia a lo dispuesto en los artículos 2116 y 1448 del Código Civil.

En su sentencia el máximo Tribunal señaló que, al decidir como lo hicieron los jueces del grado incurrieron efectivamente en el error de derecho que se denunció respecto del artículo 1448 del Código Civil, pues, aunque se acreditó que Germán Knop Valdés y Cecilia Pisano Onetto son representantes legales de Farmacias Knop Limitada y que la infracción de que se trata se vinculó con la actividad habitual y propia del giro de esta última, desestimaron la alegación de falta de legitimación pasiva opuesta por la parte reclamante, soslayando al hacerlo que la citada disposición legal preceptuó que lo “que una persona ejecuta a nombre de otra, estando facultada por ella o por la ley para representarla, produce respecto del representado iguales efectos que si hubiese contratado él mismo”.

El fallo indicó que, en efecto, al obrar del indicado modo los jueces de la instancia dejaron de aplicar la norma en comento, que rige la situación en examen, y conforme a cuyo tenor las consecuencias patrimoniales de la conducta reprochada a Farmacias Knop Limitada se han de radicar en su patrimonio y no en el de las personas que actúan en su nombre, puesto que los actos realizados por Germán Knop Valdés y Cecilia Pisano Onetto en su representación, estando debidamente facultados para ello, producen respecto de la referida compañía los mismos efectos que si hubiese obrado la propia sociedad.

El fallo concluyó que, el error de derecho descrito influyó substancialmente en lo dispositivo del fallo, desde que en su mérito los magistrados de la instancia desecharon la falta de legitimación pasiva opuesta por la parte reclamante como sustento de su acción, no obstante que la multa de que se trató fue aplicada a los representantes legales de la compañía, en lugar de haberlo sido directamente a la sociedad, en tanto los hechos constitutivos de la infracción fueron llevados a cabo por quienes la representan, obrando en su nombre.

Por lo anterior, la Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte reclamante en procedimiento de reclamación contra multa, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago y procedió a dictar sentencia de reemplazo.

 

Vea textos íntegros de las sentencias Rol N° 31428-2018 y la sentencia de reemplazo.

 

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