Por unanimidad.
CS acogió casación en el fondo contra sentencia en procedimiento de reclamación de multa.
La Corte Suprema señaló que, la sentencia recurrida incurrió en un yerro jurídico que, de manera evidente, influyó sustancialmente en la decisión del asunto controvertido.

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo deducido por la parte reclamada en procedimiento de reclamación de multa, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago que, acogió la demanda de reclamación de multa sanitaria revocando así lo resuelto por el 5° Juzgado Civil de Santiago.
En su sentencia el máximo Tribunal señaló que, quedó en evidencia que la Administración se encontró plenamente facultada para imponer sanciones al administrado incumplidor de las directrices impartidas en resoluciones sanitarias. En efecto, incluso de entenderse que el tenor literal de las normas transcritas se contrapone con la redacción restringida que posee el artículo 171 del Código Sanitario -en tanto se limita a hablar de “infracción a las leyes o reglamentos”-, la recta interpretación del asunto obligó a acudir a herramientas teleológicas y considerar el fin último de la regulación, fiscalización y eventual sanción sanitaria, consistente en la protección de la salubridad pública y, a través de ella, la vida e integridad física de todas las personas.
El fallo indicó que, así, la única manera de vigilar eficazmente la adecuada observancia de las prescripciones sobre la materia incluyó, no sólo a las reglas generales emanadas del legislador o de la potestad reglamentaria de la Administración, sino, además, comprendió a las instrucciones específicas dadas por la autoridad en casos concretos, contenidas, como en el caso, en resoluciones emitidas por los órganos competentes.
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