Tribunal de origen habría rechazado anular la adopción.
Corte Europea de Derechos Humanos: Rechazo a que padre biológico reconozca a su hija y evite su adopción va contra del Convenio.
Se configura una violación al derecho al respeto por la vida privada y familiar de la Convenio Europeo de Derechos Humanos.

La Corte Europea de Derechos Humanos sostuvo unánimemente que existió una violación al artículo 8 que garantiza el derecho al respeto por la vida privada y familiar, establecido en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El caso se inició a la denuncia del demandante sobre la adopción de su hija por otra familia y el rechazo por los tribunales de origen de revocar la decisión. La Corte detectó deficiencias en los procedimientos de adopción de la hija, la posterior demanda por paternidad del solicitante y la petición de revocar la orden de adopción.
En particular, la Corte Europea ha tomado una aproximación excesivamente formal en asuntos de adopción, considerando que si se investigare si la niña tenía un padre o, examinar otras medidas aparte de la adopción, podría haber mantenido la vida familiar de la niña con sus parientes biológicos.
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