Conclusiones de la Abogada General Kokott.
Se propone al TJUE que confirme la multa de casi 94 millones de euros impuesta al grupo farmacéutico Lundbeck por su participación en un cártel.
El cártel tenía como objetivo retrasar la comercialización de genéricos de su medicamento antidepresivo citalopram.

El año 2013 la Comisión Europea impuso una multa de casi 94 millones de euros al grupo farmacéutico danés Lundbeck, el cual desarrolló un medicamento antidepresivo que contiene el principio activo denominado «citalopram». El año 2002, cuando iban a expirar las patentes que protegían ese principio activo en el Espacio Económico Europeo (EEE) y Lundbeck seguía siendo titular de patentes secundarias que protegían determinados procedimientos de fabricación de dicho principio, Lundbeck acordó efectuar pagos a cuatro fabricantes de medicamentos genéricos a cambio de que estos se comprometieran a no entrar en el mercado.
Es la primera vez que la Comisión aplica la prohibición de los cárteles a escala europea a acuerdos de resolución amistosa de litigios en materia de patentes celebrados entre, por un lado, un laboratorio farmacéutico titular de patentes y, por otro lado, fabricantes de genéricos. Acorde a lo señalado por ella, esos acuerdos de resolución amistosa no son ilegítimos en sí mismos e incluso pueden redundar en interés general como medio para ahorrar recursos y fomentar el desarrollo económico. No obstante, los citados acuerdos resultan problemáticos y entran en conflicto con las normas del Derecho de la competencia cuando no están realmente destinadas a resolver un litigio sobre patentes, sino a evitar o retrasar la entrada en el mercado de competidores potenciales.
El recurso interpuesto por la farmacéutica contra la Decisión de la Comisión ante el Tribunal General de la Unión Europea fue desestimado mediante sentencia de 8 de septiembre de 2016, la que confirmó la Decisión de la Comisión. Posteriormente la empresa interpuso ante el Tribunal de Justicia un recurso de casación contra la sentencia del Tribunal General, solicitando que anulara dicha sentencia y la Decisión de Comisión.
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