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Autonomía sexual.

Tribunal Constitucional de Taiwán declara inconstitucional la penalización del adulterio.

Taiwán es el último territorio de Asia Oriental en despenalizarlo.

8 de junio de 2020

El Tribunal Constitucional de Taiwán ordenó la despenalización de adulterio por considerar que su tipificación van en contra de la Carta Magna de la Isla.

El artículo 239 del Código Penal taiwanés sanciona el adulterio con penas de hasta un año de prisión y señala que la otra persona que hubiera participado en el adulterio debe recibir el mismo castigo.

En el requerimiento, presentada por grupos pro derechos de las mujeres, se sostiene que no existía igualdad alguna, por cuanto era la esposa quien, en la mayoría de los casos, terminaba siendo castigada bajo estas provisiones. Asimismo, aducen que la normativa no era efectiva para conseguir el objetivo de su creación, esto es, proteger los matrimonio y fomentar la lealtad.

Destaca de la decisión, el cambio de opiniones respecto de un dictamen en 2020 que habría señalado que la normativa impugnada era esencial para proteger el matrimonio, el sistema familiar y el orden social. Esta interpretación fue recurrida desde entonces por el menos dieciocho jueces y un hombre que fue condena por ser infiel. Así, el fallo considera que la ley que criminaliza el adulterio viola las protecciones constitucionales de autonomía sexual e igual, por lo que el Código Criminal no debe castigar acciones que afectan sentimientos personales.

Vea texto íntegro del comunicado de prensa de la Corte Constitucional…

 

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